martes, 14 de noviembre de 2017

LAICIDAD Y DERECHO DESDE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

         “Hemos modificado las leyes, pero no hemos modificado en nada la estructura social que las ha hecho necesarias”.  Esta frase de la escritora española Pilar Rahola refleja en breve síntesis cómo se ha logrado modificar la legislación en casi todo el mundo y, sin embargo, no ha podido cambiarse en nada la estructura social en que se fundamentan el Derecho y esas mismas leyes, que siguen siendo instrumentos para el mantenimiento y para la reproducción de un sistema que desconoce y trivializa, tanto la vida como las experiencias y las necesidades de la mitad de la humanidad, pues las mujeres aún tenemos que insistir en que existe igualdad en teoría y desigualdad en la práctica.
         Debemos cuestionar y repensar desde una crítica feminista y laica, el Derecho y su función social, que va más allá de pensar que la legislación es sinónimo de justicia o de contar con “buenas leyes” o “buenos fallos” judiciales, sino que significa transformarlo a través de la necesaria transformación que requieren los ordenamientos jurídicos de la mayoría de los Estados, mediante el desarrollo de una nueva visión que integre la legislación con una perspectiva de género desde el ámbito de la laicidad.
         En ese sentido, tanto el Derecho como las constituciones y la legislación de un Estado no deben reflejar principios de ninguna religión, porque esto es lo que garantiza y da validez para toda la ciudadanía de cualquier fe o de ninguna, una verdadera posición laica, que respete de manera efectiva los derechos humanos de toda la población.  Y de manera particular, que los intereses y las necesidades de las mujeres sean tomados en cuenta por el Derecho desde una visión más integradora, equitativa, laica y democrática en su significado, en su aplicación, en su interpretación y en la enseñanza de esta disciplina en las Facultades de Derecho.
El Derecho es una de las áreas de las ciencias sociales que tiene como protagonista al ser humano, en cuanto sujeto capaz de adoptar determinadas actitudes ante el proceso histórico social.  Es también, uno de los aspectos que se afectan con mayor rapidez ante los procesos de cambios vertiginosos que se producen a nivel mundial y que nos conducen, inevitablemente, a “nuevas formas de relación” económica, política, social, cultural, familiar y personal.
Y es en este proceso de evolución y de avances que experimenta la humanidad, que las mujeres están desempeñando un papel determinante en la búsqueda de un nuevo orden mundial que les permita pasar de meras espectadoras a participantes activas en el desarrollo económico, político y social de los pueblos y a disfrutar junto a los hombres, en igualdad de derechos y de oportunidades, de los beneficios del progreso y alcanzar mejores condiciones de vida.
Nadie pone en duda que el Derecho juega un factor importante para que las mujeres puedan lograr la consolidación y el respeto de sus derechos humanos y constitucionales, porque es un mecanismo mediante el cual se puede involucrar a los hombres y a las mujeres de leyes en la promoción, en la creación y en la aplicación de la legislación desde la laicidad y la perspectiva de género, es decir, a través de una conciencia no discriminatoria y en la defensa de los derechos humanos de las mujeres, desde la realidad jurídica vigente.
Basta una rápida lectura a las constituciones, legislaciones, jurisprudencia, para constatar que los ordenamientos jurídicos están sustentados desde los primeros orígenes del Derecho en un modelo político patriarcal y universal, consolidado fundamentalmente, en el poderío de la Iglesia católica, apostólica y romana y es evidente su influencia en el sentido moral de la legislación, a través del señorío absoluto del sumo pontífice, su infalibilidad y su autoridad.  Y este poderío sigue vigente en los ordenamientos jurídicos, ya que en muchas de las constituciones y códigos de los países, sus normas tienen profundas raíces del Código de Derecho Canónico y preceptos de la Iglesia, que en no pocos casos son copias casi idénticas. 
No está demás señalar también que a nivel de creación, interpretación y de aplicación de la legislación, los funcionarios /as de la administración de justicia y del poder legislativo, en su gran mayoría no responden al interés público y que  con no poca frecuencia las leyes se hacen, se interpretan y se aplican de acuerdo a las creencias personales, especialmente, cuando la normatividad va dirigida hacia las mujeres.
Es por lo anterior que la crítica del Derecho, de la legislación y de la justicia desde una perspectiva de género apenas está abriéndose campo en los círculos académicos y universitarios, pues hasta hace poco, eran las organizaciones de mujeres las únicas que habían trabajado en esta área.  Por otra parte, la producción jurídica sobre la problemática de género es también reciente y está muy dispersa; adoleciendo en no pocos casos de contenido académico.
El Derecho como conjunto de leyes y disposiciones de distinto orden determinan las relaciones jurídicas y sociales de un pueblo.  Es también sinónimo de justicia y de libertad.  El Derecho es aquel que privilegia la normatividad jurídica con el objetivo principal de regular la vida social, cuyas características fundamentales se asientan en el respeto por la forma, la universalidad, la racionalidad y la igualdad formal entre otras, así como en la monopolización del control social desde las estructuras asignada por el Estado.  Si contrastamos estas características con la realidad, se evidencian enormes vacíos y contradicciones entre el modelo presentado como adecuado y sus posibilidades de aplicación práctica, pues es un hecho que la efectividad de las normas dista mucho de ser la deseada.
Esto tiene su génesis en un conjunto de condiciones que no han sido, ni son tomados sistemáticamente en cuenta a la hora de crear las leyes.  Las enormes diferencias culturales, la discriminación basada en el racismo, en la homofobia y en el sexismo como componentes estructurales en la vida social, no han sido abordadas desde una perspectiva seria que ofrezca resultados creativos y efectivos para la compleja trama social.
Las ciencias jurídicas son también reflejo de las relaciones de poder en una sociedad.  El derecho patriarcal es subjetivo y como tal no refleja los intereses de toda la población por igual, ya que se basa en la discriminación, en la sumisión, en la opresión a través del ejercicio del poder, supuestamente, legitimado en las leyes.
El monopolio de las conductas que nuestro sistema jurídico pretende, no guarda ninguna relación con la realidad.  El concepto de igualdad, pieza clave en la estructura jurídica, ha sido y es uno de los caballitos de batalla, en cuyo nombre se han expedido y se han modificado leyes y códigos, pero lamentablemente, bajo la consigna de arrasar con la discriminación mediante la incorporación formal del principio de igualdad en los textos legales.
En el caso específico de las mujeres, este es un fenómeno que reviste especial importancia, pues expresa con claridad la forma mecánica y poco efectiva que ha tenido hasta ahora, cuando bajo la supuesta democratización de derechos, lo que realmente ha existido es un maquillaje igualador, que jamás ha pretendido cuestionar los paradigmas del Derecho tradicional y la justicia.  Ese Derecho y esa justicia están sustentados en el ejercicio de relaciones de poder, reguladas e institucionalizadas de acuerdo a cierto tipo de intereses políticos y religiosos, entre los que, evidentemente, no está la comprensión de las relaciones de género, ni la postulación de relaciones de equidad o de equilibrio de poder en las relaciones interpersonales.
Es en este contexto es que surgen algunas interrogantes que pueden llevarnos a lograr una mirada integradora entre la laicidad, la perspectiva de género y el Derecho.  Una de estas preguntas es si el sistema jurídico resistiría los cuestionamientos que se le hicieran desde un análisis que incorpore los principios de la laicidad y la perspectiva de género; o si es posible modificarlo sin necesidad de derribar sus sustentos conceptuales básicos, desde los hallazgos e interpelaciones que las mujeres hemos venido haciendo al sistema jurídico.
Soy del criterio que es frente a estos dilemas en que nos encontramos actualmente, pues si bien desde la teoría podemos cuestionar, debatir, interpretar y concluir, es evidente que la práctica es mucho más compleja y diversa, en la que se hace imprescindible responder a un desarrollo más armónico y más real de las relaciones entre los géneros y articular propuestas de desarrollo más justas y más humanas, a partir de un Derecho laico, renovado, integrador y equitativo.
El Sistema Jurídico como conjunto de leyes y normas vigentes de un país, de toda clase y jerarquía, forman un sistema unitario y coherente, a cuyo cumplimiento están sujetas todas las personas. 
Pero, con relación al género femenino y en particular, en los análisis de la situación jurídica de las mujeres, la tendencia ha sido la de acudir al estudio formal de los textos legales existente y se concluye que las mujeres gozan de igualdad de derechos con relación a los hombres, porque así se establece en las constituciones.  Sin embargo, cuando se va al análisis integral del sistema jurídico, se encuentra una realidad muy diferente.  En teoría, existe igualdad en la ley y en la práctica, existe desigualdad.
Por tanto, es muy importante que en un análisis jurídico general y específico respecto a la situación de las mujeres, se deban tener en cuenta los tres elementos básicos que caracterizan el sistema jurídico:
a. Normativo: este es un elemento que comprende las normas escritas;
b. Estructural: se refiere a los procedimientos para la aplicación de las leyes y las entidades encargadas de aplicarlas;
c. Cultural: incluye los usos y las costumbres, así como el conocimiento que la sociedad tiene de las leyes. 
De allí que los análisis de género del sistema jurídico, que vayan más allá de lo escrito y que utilicen una metodología científica y laica, permitirán hacer estudios del sistema jurídico de manera integral, tomando en cuenta los componentes antes mencionados: el normativo, el estructural y el cultural, identificando además los sexismos que hay en cada uno de ellos.
La Igualdad de género significa la visión, el empoderamiento y la participación de ambos sexos en todas las esferas de la vida pública y privada.  Se dirige a promover la plena participación de las mujeres y de los hombres en la sociedad.  Con anterioridad se pensaba que la igualdad de género era dar a hombres y mujeres igualdad de derechos en la ley.  No obstante, esa igualdad de derecho no ha conducido automáticamente a la igualdad de hecho, es decir, en la práctica.  En la actualidad ese concepto encierra comprender que las condiciones de vida de los hombres y las mujeres son diferentes y que lo que hay que tener en cuenta no son las diferencias, sino el hecho de que esas diferencias no tengan efectos negativos sobre la condición de vida de ambos géneros y que no sean causa de discriminación, sino que contribuyan a que se comparta por igual el poder en la economía, en la política, en la sociedad y en los procesos de elaboración de políticas públicas.
         La equidad es una condición que permite a la persona en desventaja participar en igualdad de condiciones en todos los ámbitos de la vida social e individual. Constituye un principio por el cual se juzga una cosa por el sentimiento del deber o de la conciencia, más que por las reglas rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley.  Este concepto combina las ideas de justicia e igualdad de oportunidades para participar en la procura del bienestar individual y colectivo.  En otras palabras, consiste en no favorecer a determinada persona(s) en perjuicio de otra(s). Es la aplicación de la justicia natural por oposición a la justicia legal o de derecho.
Se dice que desde los albores jurídicos de la humanidad, la equidad es la luz y complemento del Derecho, frente a la oscuridad de la norma legal o frente a los rigores en su aplicación estricta.  Este concepto significa la realización suprema de la justicia.
Una verdadera equidad significa la aceptación y la valoración igualitaria de las diferencias entre hombres y mujeres, así como de los distintos roles que desempeñan en la sociedad.  Esta igualdad incluye el derecho a ser diferente, pero además significa que se relacionan con la clase, la religión, la etnia, la raza, la opinión política, etc. Significa también un planteamiento de cómo avanzar, de cómo cambiar esos marcos conceptuales tradicionales que contribuyen a mantener esas relaciones desiguales de poder entre ambos géneros, así como la búsqueda de lograr un mayor equilibrio en las responsabilidades compartidas.
En tanto, el concepto laicidad, tal como lo plantea Roberto Blancarte, puede definirse de diversas maneras. Como “forma de convivencia social cuyas instituciones políticas ya no están legitimadas por lo religioso o sagrado sino, principalmente, por la soberanía y voluntad popular”.
Esto no significa abolición de la religión, sino libertad de decisión en materia de religión; desconectar lo religioso de lo que se da por sentado en la sociedad y de toda imposición política.  Cuando se habla de libertad de decisión, nos referimos a la libre posibilidad de una autenticidad religiosa o de conciencia.  Supone el respeto de los derechos humanos de todos/as y en particular, el respeto de los derechos de las minorías, sean éstas religiosas, étnicas, de género, por preferencia sexual, o cualquier otra.
La laicidad, entonces, es un principio fundamental de convivencia; es un tipo de régimen construido para defender la libertad de conciencia y otras libertades que se derivan de ella (de creencias, de religión, de expresión, etc.); es una forma de organización político-social que busca establecer la igualdad y la no discriminación; y es un instrumento jurídico-político que las sociedades occidentales han creado para que la pluralidad y la diversidad puedan vivirse de manera pacífica y armoniosa.
Blancarte sustenta el concepto de la laicidad en tres principios, a saber:
1. Respeto y garantía de la libertad de conciencia.  Surge en el momento en que una persona puede creer en lo que quiere creer y decide qué es correcto o incorrecto, bueno o malo y decide en conciencia sobre sus propios actos en relación directa con Dios o sin Dios.  Libertad de creencias, convicciones, pensamientos y expresiones que se transforman en derechos.
2. Garantía para todos y todas de igualdad ante la ley sin discriminación.  Significa que somos iguales y que tenemos los mismos derechos, respetando que todos somos diferentes y que siendo diferentes, buscamos ser iguales en oportunidades y en derechos.
3. Autonomía de lo político frente a lo religioso.  Significa que, independientemente de la separación entre Estado e iglesia, se requiere una verdadera autonomía del Estado frente a las convicciones religiosas.  Hay muchas convicciones religiosas y muchas que no son religiosas, como también hay muchas maneras de concebir lo religioso y la vida.  Es allí donde las instituciones públicas deben tener plena autonomía.
Tenemos entonces que la laicidad está vinculada de manera directa no solamente al Derecho, sino también a la perspectiva de género, como veremos seguidamente.
La perspectiva de género, es una herramienta o mecanismo de análisis, que busca explicar el fenómeno de la desigualdad y de la inequidad entre hombres y mujeres.  Consiste en el enfoque de las cosas, situaciones o problemas, tomando en consideración la diversidad en los modos en que se presentan las relaciones de género en la sociedad, pero entendiendo a la vez la identidad de género, tanto de hombres como mujeres.  Permite también el diseño de políticas que desde diferentes ámbitos, contribuyen a generar acciones a favor de las mujeres, a cambiar los estereotipos de género y a definir un nuevo concepto de justicia para tratar igual a los/as iguales.  Desde estas políticas públicas es necesario impulsar proyectos y programas innovadores que vinculen, atraigan y retengan a un porcentaje cada vez mayor de mujeres a la vida laboral y pública.
El análisis desde una perspectiva de género puede ser aplicado en todos los ámbitos de la vida, de allí la estrecha relación con la laicidad.  A través de la perspectiva de género se hace un examen sistemático de las funciones, de las relaciones y de los procesos de mujeres y de hombres, que inicia con el estudio de las diferencias en el acceso al poder, a la riqueza, al trabajo, etc., entre unos y otras.
Mediante este proceso analítico se evalúa el impacto diferencial que tienen o puedan tener las políticas, los programas o la legislación en hombres y en mujeres.  Se compara cómo y por qué las mujeres y los hombres se ven afectados en forma diferente, en vez de presuponer que las consecuencias de una política, programa o legislación afectan de la misma manera a hombres y a mujeres.
Trabajar con una perspectiva de género y desde la laicidad, significa analizar y comprender los diferentes roles y responsabilidades, relaciones, necesidades y visiones de hombres y de mujeres (así como otras diferencias pertinentes, tales como las encontradas entre grupos étnicos, por orientación sexual, clases y edad).  Significa también ir más allá del simple reconocimiento de las diferencias de género, dirigiéndose hacia relaciones más equitativas y solidarias entre hombres y mujeres.
Incorporar la perspectiva de género desde la laicidad viene a ser un proceso de evaluación de las consecuencias para las mujeres y los hombres de cualquier actividad planificada, inclusive las leyes, políticas o programas, en todos los sectores y a todos los niveles.  Es una estrategia cuyo objetivo es hacer que las preocupaciones y las experiencias de las mujeres, así como de los hombres, sean un elemento integrante en la elaboración, la aplicación, la supervisión y la evaluación de las leyes, las políticas y los programas en todas las esferas económicas, políticas, culturales y sociales, para que tanto las mujeres como los hombres se beneficien por igual y se impida que se perpetúe la desigualdad. El objetivo final es alcanzar la igualdad y la equidad real entre los sexos.
Así pues, el análisis de género desde un punto de vista jurídico y laico consiste en el estudio de las relaciones entre hombres y mujeres en una sociedad, para explicar y para comprender las desigualdades existentes, a partir de lo que se plasma en la normatividad jurídica, es decir, en el ordenamiento legal de un país.
Hechas las consideraciones anteriores, veamos cómo se relacionan el Derecho, la Laicidad y la Perspectiva de género.  El Derecho, al ser un conjunto de normas y disposiciones que rigen las relaciones sociales, constituye un factor determinante para la igualdad o la desigualdad entre hombres y mujeres.  Así, durante muchos siglos las leyes han mantenido normas prohibitivas y discriminatorias contra las mujeres en el ámbito de las relaciones familiares, comerciales laborales y políticas, amparadas muchas veces en legislaciones y en políticas públicas orientadas y sustentadas en fundamentalismos religiosos o influenciados por la religión.
Muchas de estas normas, afortunadamente, ya han sido reformadas, superadas o eliminadas, precisamente gracias al Derecho, que es un mecanismo para realizar cambios importantes en las relaciones sociales, ya que a través de la creación de las leyes se puede generar no sólo opinión, sino promover las transformaciones necesarias para la construcción de una sociedad más equitativa, humana y solidaria.
¿Para qué sirve la perspectiva de género desde un enfoque laico?  Este enfoque permite visibilizar y reconocer:
·        La invisibilidad del trabajo doméstico
·        La explotación por razones de raza, etnia y clase social
·        La diferenciación social por edad
·        El triple rol de las mujeres (productivo, reproductivo y comunitario)
·        Oportunidades y limitaciones
·        La discriminación racial, étnica, por sexo y por orientación sexual
·        La subordinación en las relaciones de poder
·        La violencia de género y específica contra las mujeres
De igual forma, favorece:
1). La igualdad y la equidad en las relaciones de género
2). La autonomía e independencia de las mujeres
3). La democratización en el acceso a los recursos de desarrollo
4). El respeto a la libertad de conciencia
En definitiva, la perspectiva de género desde un enfoque laico en el Derecho, significa la promoción de la igualdad y de las nuevas identidades de género, reduciendo o eliminando las causas y efectos de la discriminación en la legislación.
Grandes avances se han producido en el ámbito jurídico, como resultado de las demandas de mujeres en particular y de un amplio movimiento de mujeres y de múltiples organizaciones no gubernamentales.  Pero aún queda mucho camino por recorrer para eliminar los obstáculos discriminatorios que persisten en la compleja red de relaciones políticas, jurídicas, religiosas, sociales, económicas y culturales.
Y, ciertamente, son importantes los avance logrados en la legislación, pero no son suficientes; falta mucho por hacer todavía, pues la promoción de reformas a las leyes implica, por una parte, efectuar un profundo análisis del ordenamiento legal para determinar las normas jurídicas que tienen un contenido discriminatorio o que su aplicación conlleve una situación de desigualdad hacia las mujeres y por otra parte, necesariamente, demanda el estudio de la realidad para conocer y detectar aquellas situaciones de hecho en las que existan elementos de discriminación.
También es necesario que en las Facultades de Derecho de las universidades, se rompa con la tradición patriarcal en la simple formación de abogados y abogadas litigantes como pilares del sistema judicial.  Es necesario que se incorpore la visión de género y de la laicidad, mediante la revalorización curricular en la formación de nuevos/as profesionales del Derecho y que se incorporen valores dirigidos a asegurar la equidad en la administración de justicia.
De todo lo anterior se observa la estrecha relación que existe entre el Derecho, la laicidad y la perspectiva de género.  Por eso, es importante crear conciencia en quienes tienen a su cargo la creación y aplicación de las leyes, sobre el hecho de que la perspectiva de género es imprescindible para la humanización del Derecho, porque la base de una sociedad justa, equitativa y democrática sólo se logrará a través de un verdadero Estado Laico, en que la laicidad sea la base de todas sus instituciones jurídicas, políticas, económicas y sociales.
Para finalizar, quiero señalar algunas conclusiones que, al menos, deben servir para la reflexión:
1. El ordenamiento jurídico es un medio para la formación de género.
2. El Derecho ha sido usado históricamente para conservar la posición hegemónica de un género sobre el otro.
3. El Derecho, como instrumento de poder, ha sido y es utilizado por los hombres para controlar a las mujeres.
4. La aplicación del Derecho es diferente según el género al que pertenezca la persona destinataria de la norma.
5. La incorporación de la temática de género en el Derecho no ha sido tan fácil como otros campos académicos, pues las Facultades de Derecho siguen teniendo en su bibliografía referencias a libros clásicos, que reflejan una visión de las mujeres que corresponde más bien a la de mediados del siglo XX.
6. La perspectiva de género desde la laicidad permite el diseño de políticas que contribuyen a generar acciones a favor de las mujeres desde diferentes ámbitos, a cambiar los estereotipos de género y a definir un nuevo concepto de justicia para tratar igual a los/as iguales y diferente a los/as diferentes.
Estas conclusiones nos llevan a la reflexión de que es impostergable la necesidad de introducir la perspectiva de género desde la laicidad, tanto en la formación de nuevos/as profesionales del Derecho, como en aquellos que tienen la responsabilidad de crear, interpretar y aplicar las leyes.
Sólo cuando exista igualdad de derechos y de oportunidades en la ley y en la práctica, cuando las reglas culturales no sean desiguales, cuando la educación no fomente diferencias que limiten el desarrollo de las mujeres, cuando las leyes aplicables a las mujeres no estén sustentadas en fundamentalismos o en creencias religiosas; cuando se reconozca que hombres y mujeres somos diferentes, pero con los mismos derechos y las mismas oportunidades, sólo entonces la perspectiva de género desde laicidad, estará destinada a desaparecer.  Mientras esto no ocurra, será necesario seguir trabajando con dicha perspectiva a todos los niveles.
De igual forma, hasta que las mujeres no participemos de manera paritaria en la toma de decisiones en la sociedad civil y en todos los espacios de influencia y de poder, no habrá equidad entre ambos géneros.  Sólo cuando se democratice el Derecho con una visión más integradora, avanzando en su transformación y en las instituciones que lo fundamentan---sólo hasta entonces, el Derecho será un instrumento de justicia eficaz para el cambio social y para la promoción y el respeto de los derechos humanos de hombres y de mujeres en condiciones de equidad.  Tal como señala Roberto Blancarte, “Lograr la armonización de las libertades, en el respeto de los derechos de cada quien, es la función, la gran tarea y el enorme reto de la laicidad”.  Hacer de este objetivo una realidad, es parte del compromiso que corresponde a cada ciudadano y ciudadana que cree firmemente en la igualdad de derechos y de oportunidades sin discriminación.

Haydée Méndez Illueca, Ph.D.
Abogada

miércoles, 19 de julio de 2017

INCONSTITUCIONALIDAD DEL CÓDIGO DE LA FAMILIA Y DEL MATRIMONIO IGUALITARIO

INCONSTITUCIONALIDAD DEL CÓDIGO DE LA FAMILIA
Y DEL MATRIMONIO IGUALITARIO
Haydée Méndez Illueca

Viéndolo bien, el artículo 26 del Código de la Familia, que describe el matrimonio como “la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer”, no es inconstitucional.  Lo que está es incompleto, desfasado y no a tono con el cambio social.  Tampoco es inconstitucional el matrimonio entre personas del mismo sexo, porque no hay ninguna disposición que lo prohíba, sino todo lo contrario.  Nuestra Constitución y bloque constitucional garantiza los mismos derechos para todos.

En realidad, es una cuestión de semántica, porque si no le quieren llamar matrimonio a la unión de dos personas del mismo sexo, llámenle unión legal y se acabó la polémica.  (Porque matrimonio religioso jamás le podrán llamar, eso lo sabemos.)

La ventaja de llamarle unión legal es que no hay que cambiar nada ni demandar nada de inconstitucional.  Simplemente se hace una ley, parecida a las que hay en otros países más civilizados que nosotros, que diga que se reconoce “la unión legal de personas del mismo sexo voluntariamente concertada entre las dos y con capacidad legal, que se unen para hacer y compartir una vida en común.”  Luego otro artículo que reconozca que dicha unión concede a las partes los mismos derechos que la ley concede al matrimonio civil entre un hombre y una mujer.  Otro artículo contemplaría la emisión de un “certificado de unión legal” emitido por la autoridad competente, que permita a las parejas exigir sus derechos.  Y ya – sin complicaciones, dudas, oraciones ni murmuraciones.

La otra alternativa sería cambiar, por medio de una ley, el artículo 26 del Código de la Familia, no porque sea inconstitucional, sino porque, como muchos otros artículos de otros códigos y leyes, el derecho no puede ser un obstáculo para el cambio social, sino que debe ir a la par o preferiblemente por delante del mismo.  Como un ejemplo solamente, el Código Penal ha cambiado tantas veces, que los abogados no logramos tener casi nunca el último texto único a mano.  Así como se ha aumentado la edad para casarse, en el artículo 26 se puede incluir “a las personas del mismo sexo con capacidad legal, que se unen para hacer y compartir una vida en común”.  Esto no afectaría a “la familia” tradicional en ninguna forma imaginable.

Hay quienes insisten en que se le llame matrimonio a la unión de parejas del mismo sexo, pero el término “matrimonio” tiene para mí connotaciones de romance: velo y corona, vestido blanco y flores.  El romance es una fantasía, mientras que el matrimonio es trabajo, amor, apoyo mutuo, compromiso, comprensión, aguante y responsabilidad.  Conozco varias parejas gays que han durado mucho más que aquellas casadas en una iglesia, que lo celebran con flores y pitos y a los escasos dos años se están divorciando.  Dejemos, pues, la semántica y el romance a un lado y pensemos en la verdadera felicidad de cada persona.

Hay también quienes argumentan que establecer legalmente el derecho a la unión de personas del mismo sexo va contra el “orden o derecho natural”. El derecho natural no puede ser definido con precisión, ya que su concepción ha variado a lo largo de la historia.  Por lo general se fundamenta en un ente abstracto natural superior a la voluntad de las personas (como Dios).  Es un conjunto de normas que los seres humanos deducimos o establecemos a partir de nuestra propia conciencia y que se determinan como justicia en un momento histórico determinado.  Esto significa que el Derecho Natural va cambiando con la etapa que está viviendo una sociedad y la época concreta que vive.

Estas normas naturales, entonces, no pueden utilizarse en oposición a la evolución de las sociedades modernas, cada día más unidas por las comunicaciones y la globalización, ni tampoco para oponerse a los derechos humanos, que han evolucionado y han sido reconocidos por los países democráticos y no teocráticos.

Ninguna iglesia o credo debe inmiscuirse en la política ni en las legislaciones de ningún país.  Eso ha sido superado desde hace muchos años con la separación de la Iglesia y el Estado, uno de los más grandes logros de la humanidad.  Sólo quedan estados teocráticos en algunos países islámicos y Panamá felizmente no lo es.  Las iglesias pueden exigir a sus fieles lo que ellos estén dispuestos a cumplir, pero no puede imponer sus creencias a todos los ciudadanos.  No hay argumentos válidos contra el matrimonio entre personas del mismo sexo, porque la validez de los argumentos moralistas cambia con el tiempo y con la evolución de la humanidad.


De allí que los diputados se deben a un Estado laico, libre de la discriminación y la persecución por preferencia sexual de siglos ya pasados y superados.  Ya llegará.

lunes, 10 de julio de 2017

Semántica, derechos y libertad


El matrimonio entre dos personas del mismo sexo trata de garantizarles los derechos a ciudadanos que han mantenido una relación de pareja


Por:
Ernesto A. Holder

opinion@laestrella.com.pa



No acostumbro tratar temas que considero que otros profesionales y ciudadanos que opinan en el escenario público hacen muy bien. He dejado eso claro varias veces. Instruyen e ilustran con argumentos más claros y validados. No hay que ser redundante, si no hay aportes significativos que eduquen, eleven el nivel del debate o agreguen valor. Dicho eso, quiero referirme brevemente al tema del matrimonio entre personas del mismo sexo.



Brevemente, porque opinar sobre este tema con la intención de educar, puede llenar varias cuartillas. Hay un intento con el fin de discutir esto con seriedad, pero tengo la sensación de que prevalece la ignorancia malsana; desde las posiciones más insensatas y crueles, hasta las más ridículas y peligrosas, y la intención real y el fondo del asunto queda en la incertidumbre e imprecisión.



Ni más ni menos, el matrimonio entre dos personas del mismo sexo trata de garantizarles los derechos a ciudadanos que han mantenido una relación emocional de pareja, de amor, compañerismo y solidaridad, pero a quienes el presente sistema no les reconoce esos derechos. Me desagradan las cosas enredadas, cuando, a simple vista, pueden ser sencillas y para los fines de este artículo, esa es una definición sencilla y práctica, lejos de los tecnicismos legales o el misticismo.



Respeto a los que honestamente practican su fe y personalmente doy ese espacio sin críticas ni cuestionamientos, pero tampoco veo el mundo a través del prisma de las supuestas leyes divinas ni religiosas. La religión es un asunto de fe, sin mayores y comprobados registros históricos sobre eventos, personajes y seres divinos.



Apoyados en esa fe, suficientes y demasiados son los ejemplos que hay y han existido que dejan evidencias de la manipulación que las organizaciones religiosas y muchos individuos (pastores) hacen de sus seguidores en beneficio propio. Enriquecerse desmesuradamente a costillas de otros.



En eso de las cosas simples y poco enredadas, hay un problema de semántica, por ejemplo, un freno innecesario con el uso del término ‘matrimonio', si lo que buscamos, al fin y al cabo, es la protección de los derechos de estas parejas como expuse arriba. Pero igualmente, y para ser justos, nadie tiene el derecho inalienable sobre el uso del término a la hora de definir uniones. Definir su unión como ‘matrimonio' es un asunto de libertad: la misma con que otros se denominan ‘apóstoles'.



El otro día varias personas que quiero mucho y que evidentemente rechazan la legalización de matrimonio entre personas del mismo sexo, colgaron en algunas de sus redes sociales un breve video de miembros de la comunidad LGBT realizando actos un tanto ofensivos en público; con algo de exhibicionismo y libertinaje. Exagerado y bochornoso ese comportamiento diría yo. Con ese video como ejemplo, justificaban su rechazo aduciendo malos ejemplos a la comunidad, la niñez, y por consiguiente su desacuerdo con la unión de estas parejas en matrimonio. Reducir y encerrar un tema o discusión a ese nivel y con ese argumento me parece poco razonable. Me queda la interrogante si, esos actos en el video, hechos por heterosexuales bajo las mismas condiciones, serían aceptables.



Me desagrada tener que justificar el valor de un ser humano, eso nos ha pasado a la comunidad negra por siglos. Que somos capaces: doctores, profesores, científicos, investigadores iguales o mejores que cualquiera. Pero al final, soy un ‘negro de mierda'. He tenido la fortuna de poder trabajar, compartir e intercambiar con individuos, de varias naciones y culturas, estratos sociales, particularmente en el mundo académico y cultural en universidades y centros de investigación y enseñanza en varios países. En todas las comunidades están los que tienen otras preferencias sexuales y los aportes de estos seres humanos al desarrollo de la humanidad, no son menores que los de ningún otro grupo.



Este tema tiene muchas aristas que, por donde sales con un argumento a favor, te aparecen varios en contra, con rabia e inquina. Al final, para este servidor, se trata de algo muy sencillo, como ya expresé. Lo que yo sí quiero dejar bien claro, con la responsabilidad de mi firma en esta columna, es que, cuando hablamos de los miembros de la comunidad de LGBT, lo primero que ven muchos en sus mentes limitadas es un acto sexual; yo veo a seres humanos que tienen derecho, al igual que tú, a su libertad.



COMUNICADOR SOCIAL.

domingo, 25 de junio de 2017

Algo salió mal


Por Jorge Majfud

Escritor uruguayo, profesor en Jacksonville University, College of Arts and Sciences, Division of Humanities.






La Teoría de la Evolución de Darwin es increíblemente efectiva para explicar el desarrollo de los fenómenos biológicos hasta en los diseños más complejos de la naturaleza, como el ojo falso en la cola de un pez, o las franjas estampadas en la piel de las cebras para confundir la mirada de sus depredadores, etc. Su complejidad tiene un principio extremadamente simple: no hay nada que hasta el más azaroso método de prueba y error con algunos millones de ocurrencias no pueda corregir y adaptar.

Antes de Darwin, Adam Smith había sentado las bases del liberalismo económico según la cual cada individuo, al perseguir su propio beneficio, inevitablemente conduce a un “equilibrio natural” y al “bienestar general”. El éxito de los mercaderes parecía confirmarlo: a lo largo de la historia, fueron ellos agentes relevantes, no sólo en el intercambio de bienes sino también en el intercambio de cultura y de conocimiento.

La exitosa (y maldita, para los creyentes de Noé) Teoría de la Evolución de Darwin ha sido actualizada varias veces, por ejemplo, para explicar el hecho de que un individuo se sacrifique en beneficio del grupo o de la especie. Un pájaro que con su canto alerta a sus iguales es presa fácil de un depredador, pero con su sacrificio el individuo salva al grupo. Distintas particularidades intelectuales en los seres humanos (como un estado de alerta patológico en algunas personas) se pueden explicar como un perjuicio para el individuo en beneficio para la especie, al menos en tiempos pasados.

En casi todas las sociedades contemporáneas, el “menos apto” sobrevive gracias a la solidaridad y la compasión del grupo. Tal vez el bullying es un resabio de tiempos prehistóricos cuando el grupo entendía que los débiles eran una carga inconveniente, pero hoy la cultura y la sensibilidad moral han revertido esa práctica a fuerza de educación en nuevos valores. La eterna disputa dialéctica entre el Poder y la Justicia (entre las posibilidades del beneficio del individuo y las del beneficio del grupo) se ha balanceado en favor de esta última. La disputa práctica, en cambio, parece definirse otra vez por el Poder, por la imposición de los más fuertes, no sin primero secuestrar la dialéctica de sus adversarios, aquellos que luchan por la justicia, generalmente una dialéctica igualitaria en favor del grupo. Para verlo, basta con echar una mirada al poder económico y militar acumulado por el uno por ciento de la población del mundo, lo cual, en principio, está en consonancia con la teoría y justificación moral de “la sobrevivencia del más apto”, que tanto sedujo a la Europa imperial del siglo XIX, a los estadounidenses del siglo XX y a los ricos y poderosos de todos los siglos.

Por el contrario, el hecho de que los menos aptos, los más pobres, se reproduzcan más que los más aptos, lo más ricos, parecería indicar que la cultura contradice el principio evolucionista de la “sobrevivencia del más apto”. Entonces, ¿los valores morales confirman o contradicen la Teoría de la Evolución?

Lo más probable es lo primero. La moral, la cultura y la educación pueden significar la supresión o limitación de la violencia del más fuerte (del más apto) contra el resto del grupo, contra el resto de la especie. Es decir, la Justicia no es una contradicción de los principios básicos de la Evolución darwiniana sino uno de sus elementos necesarios para la sobrevivencia del grupo.

En contraposición con todo lo planteado anteriormente, llegamos, finalmente, a un posible elemento de contradicción, de quiebre o a una patología terminal, como puede serlo el cáncer en la lógica de un cuerpo sano. La historia reciente de la humanidad, parece mostrar una seria y crítica excepción a la lógica de la evolución. No son las sociedades más pobres, los países menos desarrollados los que están amenazando la existencia de la especie en la faz de la Tierra sino los más poderosos, “los más aptos”.

Este peligro no sólo radica en la mayor potencia de destrucción militar de los países más poderosos sino en sus capacidades de destrucción del medio ambiente. Son los más aptos (los más fuertes, los más ricos, los ganadores) los más capacitados para poner en peligro la existencia de la especie humana. Peligro que ha dejado de ser una potencialidad y comienza a concretarse.

Es posible que la inteligencia humana (al menos aquella al servicio del poder) sea una anormalidad cancerosa de nuestra especie, si consideramos que los tiburones y las hormigas han estado en este planeta millones de años antes que nosotros. En apenas unos pocos miles de años y, sobre todo como consecuencia de los últimos siglos, la especie humana se ha acercado peligrosamente, como nunca antes, a la extinción por suicidio propio.

No obstante, si es la inteligencia la enfermedad de nuestra especie, es también la conciencia la cura y el recurso de nuestra evolución. En el triunfo de una de ellas nos jugamos nuestro futuro en este planeta y, probablemente, nuestra existencia en este Universo.

miércoles, 7 de junio de 2017

Sobre el Matrimonio Igualitario




Haydée Méndez



Sabias son las palabras de Berta Alicia Peralta cuando dice: “La verdad, pienso que no hay que alterarse tanto por aquello del matrimonio igualitario.  Se va a dar, tarde o temprano.   Hubo un tiempo en que no se permitían hijos fuera del matrimonio, eran ilegítimos.  Tampoco se admitía el divorcio.  En otras latitudes, incluso estaban prohibidos los matrimonios inter-raciales.  Todo ello fue cuestión de tiempo.  La condición humana termina por nivelarlo todo.  Igual ocurre con el consumo de la marihuana.  Será permitido legalmente, pues cada día hay más evidencia de la necesidad de su uso.  La iglesia y religiones tienen tal poder con los fanáticos, que siempre se han opuesto a todo eso y...finalmente, la vida los ha rebasado.”



El Derecho tiene que cambiar con los tiempos, no puede ser un obstáculo para el cambio social, sino más bien buscarle soluciones prácticas a los problemas sociales.  En Holanda, por falta de delincuentes, han tenido que cerrar 19 prisiones y algunas las han convertido en hoteles de lujo.  Uno de los motivos es que se han legalizado las drogas y se trata su adicción, porque de nada sirve encerrarlos, cuando lo que necesitan es tratamiento.  Me imagino que otro motivo es que allá no se aceptan los fanatismos religiosos.  Simplemente se cumplen las leyes. 



La Conferencia Episcopal panameña se ha atrevido a escribir un comunicado en contra del matrimonio o unión legal entre personas de igual sexo, que ha sido muy bien contestado por la Asociación de Agnósticos y Ateos de Panamá (AAP), rechazando cualquier intromisión de la Iglesia en asuntos de derechos civiles, humanos, políticas públicas o asuntos de Estado:

·         Reafirman que el Estado debe salvaguardar los derechos de todas y todos por igual, sean o no creyentes.

·         Que la Constitución prohíbe la discriminación de todo tipo.

·         Que las leyes evolucionan y deben cambiar a la par de la sociedad y deben predominar las normas que más beneficien al ser humano, sin distingo de orientación sexual o género.

·         Que existen todo tipo de familias y lo que atenta contra la familia no es la homosexualidad, sino la violencia, la irresponsabilidad, el alcoholismo, la drogadicción, etc.

·         Finalmente, que la procreación no es un requisito del matrimonio, como lo era en la edad media.



Yo diría que lo más importante es que se respete la separación de la Iglesia y el Estado, lo que es una conquista de la humanidad.  Hace ya más de dos mil años que Jesús evidenció que tenía en claro que entre lo religioso y lo humano, sólo lo humano es intocable y fundamental.  Su tolerancia llegó a escandalizar a muchos; resulta asombroso ver lo tolerante que fue Jesús con las personas y grupos marginados de su tiempo: pecadores, mujeres, cobradores de impuestos, samaritanos, prostitutas, homosexuales.  Hasta llegó a comer con ellos.  Incluso dijo: “Todo el que le diga a su hermano «maricón» será condenado por el Sanedrín”.



A veces por salvar los dogmas de la religión hemos vulnerado los derechos humanos.  Por defender un dogma hemos quemado al hereje.  Por cuidar la moral hemos despreciado al homosexual.  Por preservar una ética, hemos apedreado a la adúltera.



La tolerancia puede tener sus peligros, ya que puede hacer creer que todo vale y que todo está bien, pero más peligroso es discriminar contra una persona por motivos religiosos, ya que con ello se justifica un sectarismo que convierte la vida en opresiva, despótica e injusta. Y esto hace más daño que cualquier idea religiosa desviada.  Sin libertad ni igualdad no puede haber democracia.  Es imposible una relación normal entre la Iglesia y la democracia y los derechos humanos, porque el “sentimiento religioso” equivale al “sometimiento” a la jerarquía religiosa y a los dogmas medievales que permanecen.  Y sin libertad ni igualdad no puede haber democracia.  Si la Iglesia quiere vivir en nuestro tiempo, y no en la edad media, tiene que permitir la democracia dentro de su propio seno.



Uno de los argumentos que más usan los fanáticos religiosos y moralistas conyra el matrimonio igualitario es que el homosexualismo atenta contra “la familia” --- pero por más que le doy vuelta y trato de entender sus argumentos, no llego a comprender en qué forma lo hace.  ¿Qué afectación puede tener una unión homosexual legalizada sobre otra familia?  ¿Será esto producto del miedo a que sus hijos se conviertan en homosexuales, o será una forma de encubrir su propia orientación sexual?  Es un hecho que el homosexualismo se nace.  Aproximadamente el 10% de la población es homosexual y también hay homosexualismo entre ciertos animales.  ¿En qué forma afecta a su familia lo que sucede en la recámara ajena?  La relación homosexual va a continuar, legalizada o no.  La legalización se pide simplemente para acceder a ciertos derechos que actualmente no tienen esas parejas, pero la pareja va a seguir siendo pareja, si tienen una relación estable, y su familia va a seguir siendo una familia heterosexual.  Ningún dogma religioso va a cambiar esa realidad.

lunes, 17 de abril de 2017

¿LIBERTAD DE EXPRESIÓN O DE AGRESIÓN?


¿LIBERTAD DE EXPRESIÓN O DE AGRESIÓN?



Haydée Méndez Illueca, PhD

Abogada



Se ha presentado a la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley 422 que modifica, adiciona, subroga y deroga artículos de la Ley No. 82 de 2013 contra la violencia hacia las mujeres y modifica un artículo de la Ley 42 de 1999 sobre personas con discapacidad.  A pesar de que se dijo que sería consultado, ha pasado primer debate sin tomar en cuenta el incremento de las violaciones a los Derechos Humanos, que tienen como principales víctimas a las personas más vulnerables, sea por su edad, raza, sexo o discapacidad y que atentan contra la dignidad e integridad humana, el entorno social, cultural y económico.  El Proyecto de Ley incurre en dos errores garrafales:



Primero, elimina los artículos que le dan la responsabilidad al Ministerio de Gobierno de sancionar a los medios de comunicación por violencia mediática, porque “se pueden interpretar como una limitación a la libertad de expresión”.  Nada más lejos de la realidad: no se trata de restringir el derecho a la información ni a la libertad de expresión.  Se trata de proteger a las personas más vulnerables de los titulares e imágenes pornográficas que promueven la explotación de mujeres o personas vulnerables por alguna otra razón y construyen patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia.

Por lo general los titulares no tienen nada que ver con la noticia; sólo sirven para despertar el morbo más feroz, utilizando la desgracia humana en sus grados más extremos, sólo por el afán de vender, a sacrificio del respeto de los derechos humanos.  Hay quienes pagan o utilizan su influencia para que los cuerpos ensangrentados de sus familiares no aparezcan regados en primera plana de los tabloides.  ¿Y los que no tienen ni dinero ni influencia?  Se tienen que resignar a la Libertad de Agresión de que gozan estos tabloides

No admitir la responsabilidad que la Ley 82 de 2013 le confiere como una obligación al Ministerio de Gobierno es un retroceso en los avances que ha puesto a Panamá al día con sus obligaciones y compromisos internacionales (con los que ya estaba en mora).  Obligaría a las víctimas a acudir a la esfera civil y penal, sin considerar que esto no haría más que recrudecer la impunidad, ya que las víctimas, mujeres maltratadas de bajos recursos o personas con discapacidad, no podrían pagar los honorarios de un abogado.

Segundo, el Proyecto de Ley pretende usar el término “Feminicidio” en vez de “Femicidio”, que es el término aceptado por las organizaciones feministas en Panamá, ya que el Femicidio es el asesinato de una mujer por el hecho de ser mujer, sin destacar las acciones u omisiones del Estado; mientras que el Feminicidio toma en cuenta la participación del Estado por acción u omisión, y requiere que exista impunidad para que se configure el delito.



La mayoría de las leyes de la región utiliza el término “Femicidio”, por “femicide” en inglés, que fue acuñado por Diana Russell.  Esta expresión surge como alternativa al término neutro de “homicidio”, con el fin político de reconocer y visibilizar la discriminación, la opresión, la desigualdad y la violencia sistemática contra la mujer que, en su forma más extrema, culmina en la muerte.  De acuerdo con la definición de Russell, que fue la primera en utilizar el término, femicidio se aplica a todas las formas de asesinato sexista, es decir, “los asesinatos realizados por varones motivados por un sentido de tener derecho a ello o superioridad sobre las mujeres, por placer o deseos sádicos hacía ellas, o por la suposición de propiedad sobre las mujeres”.  En América Latina, la expresión “femicidio” ha sido definida como “el asesinato misógino de mujeres por los hombres”; “el asesinato masivo de mujeres cometido por hombres desde su superioridad de grupo”; o “la forma extrema de violencia de género, entendida como la violencia ejercida por hombres contra las mujeres, por poder, dominación y control”. Estas definiciones nos advierten que tenemos sistemas patriarcales más amplios de opresión de las mujeres.



Posteriormente, la investigadora mexicana Marcela Lagarde acuñó el término “feminicidio”, pero confirió a ese concepto un significado político con el propósito de denunciar la falta de respuesta del Estado mexicano y el incumplimiento de sus obligaciones internacionales de garantía, incluso el deber de investigar y de sancionar.  Como Lagarde considera que el feminicidio es un crimen de Estado, es imposible de tipificar, porque lleva implícita la pasividad y tolerancia de un Estado masculinizado, circunstancia que no se puede valorar de antemano en un Código Penal. 



En conclusión (salvo que de antemano nuestro Estado prevea la impunidad), debemos seguir utilizando el término FEMICIDIO, y no feminicidio.

viernes, 17 de marzo de 2017

LA CRISIS DE MASCULINIDAD


La crisis de masculinidad y los “nuevos hombres”

Coral Herrera Gómez

Coral Herrera Gómez

Doctora en Humanidades y Comunicación Audiovisual

Algunos historiadores norteamericanos fechan la aparición de la crisis masculina en Estados Unidos a finales del siglo XIX, cuando las mujeres se incorporaron al mercado laboral y comenzaron a luchar por sus derechos. Pero es en el siglo XX, en la década de los 80, cuando florecen los artículos e investigaciones sobre la crisis de la masculinidad en España, en Francia, en EEUU y Latinoamérica, especialmente en Argentina.

En los 90 los medios de comunicación masivos comienzan a hablar del tema: el 28 de Septiembre  The Economist daba la señal de alarma con su apertura de portada:  “The trouble with men”.  Desde entonces hasta hoy, no sólo se han multiplicado los estudios sobre masculinidades;  también se ha desarrollado todo un movimiento social y político que está sacudiendo los cimientos del patriarcado en muchos países. Son los hombres igualitarios, que están reflexionando sobre esta crisis masculina y se han sumado a la lucha por la igualdad, desde el trabajo de calle, y desde la academia.

Una de las causas de esta crisis es que los hombres posmodernos han perdido sus modelos de referencia, según R. Conell (Australia). No les sirven los modelos tradicionales, como el de sus abuelos o padres, porque ellos fueron educados en la cultura patriarcal y por tanto vivieron siendo dependientes de sus mujeres, autoritarios, con dificultad para establecer relaciones íntimas y para expresarse emocionalmente.

Muchos sufren una gran carga de inseguridad sobre cuál es su papel, y tienen miedo a perder importancia o a sacrificar su virilidad. No saben relacionarse con hombres gays y odian a las mujeres feministas, y algunos emplean la violencia, tratando desesperadamente de ejercer su poder sobre su entorno, especialmente sobre las mujeres cercanas. En todo el planeta, los hombres se suicidan más que las mujeres y mueren en actos de imprudencia porque tienen menos herramientas para gestionar sus emociones. No saben cómo hacer frente al miedo, al odio, a la desesperación, a la tristeza; por eso es frecuente que recurran a la violencia, contra sí mismos o contra los demás.

Eduardo Bognino, psiquiatra y miembro de AHIGE y PPina, cree que la presión social sobre los “machos” ha sido devastadora para la salud mental y emocional de muchos millones de hombres. Esto es debido a que la masculinidad tradicional está sometida a constantes pruebas; un hombre ha de estar demostrando continuamente que no es una mujer, que no es un niño, que no es homosexual. Tiene que demostrar que es valiente, agresivo, activo, aunque tenga que poner su vida y la de otros en peligro. Los hombres, para demostrar su virilidad, tienen que ser exitosos en su trabajo; promiscuos, fértiles y potentes en el ámbito de la sexualidad. Crecen y construyen su identidad rechazando todo lo que tenga que ver con la feminidad;  las mujeres son siempre “lo otro”, aquello que uno no es.

En las películas, los videojuegos, los cómics, las series de televisión, se aprecia  una falta de diversidad  en los modelos masculinos; unos son machos alfa en acción, otros donjuanes, y  otros son unos “calzonazos” que no saben dominar a sus mujeres. Gracias a la mitificación de la violencia viril de nuestra cultura, la mayor parte de los hombres quieren ser vencedores, héroes o conquistadores de mujeres. La cantidad de mujeres que pueden seducir es la prueba de su hombría, de ahí que se les eduque para ser promiscuos, y para relacionarse con las mujeres únicamente  desde la necesidad. Por eso el papel de las mujeres ha sido siempre el de satisfacer sus demandas sexuales, y además ejercer de criadas para cubrir sus necesidades afectivas y materiales.

Con la revolución feminista, muchas mujeres dejaron de configurar su vida en torno a la necesidad de ser poseída por un hombre, y se rebelaron contra la doble moral sexual que les obliga a ser fieles y que en cambio premia la promiscuidad masculina. Las mujeres posmodernas reclaman a sus compañeros  mayor implicación sentimental y más comunicación, reparto igualitario de las tareas domésticas, relaciones plenas que no se basen en la evitación o la huida. Las mujeres de hoy ya no quieren cumplir el papel de “freno de mano” del hombre, y muchas se rebelan contra el rol de madre que han de cumplir para que sus maridos se comporten como personas adultas.

A algunos hombres les cuesta relacionarse igualitariamente con su familia o su pareja porque los entornos “masculinos” (trabajo, deportes, negocios, política) son jerárquicos y competitivos, y  porque con respecto a las mujeres siempre se han situado o bien en un plano superior, o en un plano de dependencia emocional. Además, han sido educados para reprimir sus emociones, y esta falta de expresividad les está pasando factura. Les cuesta abrirse y compartirse, comunicar, mostrar cariño en público a otros hombres, mostrar miedo o debilidad. Porque fueron educados para ser machos heterosexuales, duros, promiscuos, fuertes, inquebrantables; se les mutiló para que no se dejen llevar por la sensibilidad o los sentimientos bajo el lema “los hombres no lloran”.

Por todo esto a los varones les cuesta relacionarse en un plano de igualdad, y por esto las parejas también están en crisis. El modelo de relación basado en la dominación y la sumisión ya no funciona ahora que las mujeres pueden trabajar y no necesitan marido para sobrevivir. La liberación de las mujeres ha logrado que no nos relacionemos ya desde la necesidad de tener un proveedor, sino desde la libertad para compartir la vida con quien una desee.

Mientras las mujeres han ido empoderándose, los hombres sienten que han perdido su función como papel de proveedor principal, cabeza de familia, rey de su casa y amo de sus propiedades, su mujer, sus hijos e hijas. Ya no son necesarios ni para la defensa, ni para el mantenimiento del hogar, ni para la reproducción, como lo demuestra el aumento de familias monoparentales encabezadas por mujeres autónomas, y como lo demuestra el creciente uso de las técnicas de reproducción asistida.

La autoridad del pater familias ya no es sagrada. Ahora todo es negociable y las familias son democráticas: en casa se hablan las cosas y se llega a acuerdos, se reparten tareas, se apoya a quien lo necesita. Las mujeres se las arreglan solas ante los “maridos ausentes” (cada vez existen más jefas de hogares monoparentales en todo el mundo).  Los “padres ausentes” van perdiendo todo su poder porque no están, porque no son, porque son incapaces de comunicarse ni de vincularse emocionalmente con sus hijos/as. Ahora el respeto y el cariño hay que ganárselo, y muchos no saben por dónde empezar.

Y es que a muchos hombres les cuesta comprometerse. Con las mujeres, con los hijos, con las responsabilidades de la vida. Su constante deseo de escapar (de sí mismo, de sus sentimientos, de sus compromisos, de sus problemas, de su paternidad) revela, según algunos expertos en los estudios de las masculinidades,  la inmadurez de algunos para hacer frente a la vida.

Enrique Gil Calvo, sociólogo español, habla con naturalidad, en un proceso de autocrítica, del egoísmo de género, según el cual los varones sumidos en la tradición machista  siguen siendo pequeños tiranos acostumbrados a que sus necesidades y deseos sean atendidas de inmediato. Son muchos los que desean poder disfrutar de la impunidad de la infancia, por eso les gusta sentirse controlados, vigilados y regañados por sus compañeras. La libertad se les antoja insoportable, porque no saben qué hacer con ella. Por eso prefieren pasar de la madre a la esposa sin asumir su adultez, y pretenden que ambas cumplan su papel maternal hasta el fin de sus días.

Los “nuevos” varones, en cambio, apoyan el empoderamiento de sus amigas, de sus amantes, de sus compañeras, de sus madres y hermanas. Educan a sus hijas para que estudien y se desarrollen profesionalmente, para que sean autónomas y se emparejen con quien deseen, sin las presiones sociales de antaño. Felicitan a las mujeres de su entorno el 8 de Marzo, se manifiestan junto a ellas para reivindicar la igualdad; pero aún son muchos los que se sienten culpables porque no son capaces de ceder sus privilegios de clase.

Son los que “ayudan” en las tareas domésticas sin asumirlas como propias. Son los que cortan el césped del jardín pero jamás limpian la mierda de los retretes.  Son aquellos que evaden sus obligaciones poniendo como excusa la ignorancia o la torpeza masculina en asuntos domésticos, como si encargarse de ellos fuese una habilidad exclusivamente femenina que estuviese en la naturaleza de las mujeres desde el principio de los tiempos.

El “nuevo hombre” se enfrenta a una libertad desconocida para configurar su identidad, y eso le angustia, porque ha de inventarse nuevos modos de ser y de relacionarse y no sabe muy bien por dónde tirar. Algunas mujeres se quejan de la indecisión masculina, de la inseguridad que les paraliza, de su falta de madurez. El  varón posmoderno no sabe si las mujeres desean machos posesivos o compañeros de viaje,  y sufre por las contradicciones internas entre el discurso y la práctica, entre el deseo de igualdad y las estructuras machistas que habitan en todos los hombres y mujeres educadas en la tradición patriarcal.

Algunos aceptan el desafío y están explorando caminos desconocidos, rompiendo las barreras que les limitan, liberándose de la opresión que sufren desde que están en la cuna. Estos aventureros están re-pensando la masculinidad hegemónica y la diversidad de las masculinidades, están haciendo autocrítica, están planteándose nuevos retos, y se atreven por fin a construir su propia identidad al margen del machismo y la homofobia de nuestra cultura patriarcal. No es fácil porque todos llevamos incorporados estos esquemas, estos roles, estos estereotipos que nos dicen como es un “verdadero” hombre o como es una “verdadera” mujer. Pero basta con darse cuenta de que hoy la identidad no es un producto acabado, sólido, estable, sino que es más bien un proceso en el que todo cambia.

Muchos se unen para organizarse y forman  grupos de Hombres Igualitarios. Trabajan en varias áreas: activismo, talleres, encuentros, intercambios, terapias grupales e individuales, charlas, capacitaciones, investigación. En estos grupos se juntan varones de todas las edades y clases sociales, de diferentes religiones e ideologías, con un objetivo común: hablar. Hablar de sí mismos, analizar la educación que han recibido, cómo se sienten ahora, y qué pueden aportar ellos a la lucha por la igualdad y los derechos humanos.

Estos grupos de Hombres escriben en webs y blogs, publican libros, comparten información, crean redes de grupos masculinos, se reúnen en congresos internacionales, lanzan campañas a favor de la paternidad, salen a la calle a protestar contra la violencia hacia las mujeres o contra la explotación de esclavas sexuales. Trabajan con hombres maltratadores, realizan talleres de prevención con adolescentes, deconstruyen la masculinidad tradicional opresora, y reivindican otras masculinidades diferentes, otras formas posibles de ser y estar en el mundo.

Los hombres igualitarios desean mejorar sus relaciones con los amigos, sus relaciones sexuales y sentimentales, sus vínculos familiares. Reivindican su derecho a ejercer y disfrutar de la paternidad. Están revolucionando sus relaciones en la cama, en el trabajo, en la familia, y comienzan a sentir que tienen nuevos roles, nuevas metas, nuevas inquietudes. Estos nuevos varones están marcando el camino hacia una cultura más pacífica y amable, de relaciones más igualitarias y afectos más diversos.

El gran reto ahora, creo, es la lucha por la conciliación laboral y familiar. Los hombres quieren disfrutar de la crianza y la educación de los niños y las niñas, de modo que están pidiendo a los gobiernos y las empresas que permitan a los padres disfrutar de los mismos derechos y obligaciones que las madres.

Creo firmemente que es necesario que hombres y mujeres trabajemos unidos, porque lo que beneficia a unas, beneficia también a los demás, y porque tenemos el mismo sueño: una sociedad igualitaria en la que no se discrimine a la gente por sus diferencias, una sociedad sin jerarquías ni luchas de poder, una sociedad pacífica e inclusiva en la que tengamos toda la libertad para configurar nuestras identidades  al margen de las imposiciones sociales, y más allá de las etiquetas.