miércoles, 19 de julio de 2017

INCONSTITUCIONALIDAD DEL CÓDIGO DE LA FAMILIA Y DEL MATRIMONIO IGUALITARIO

INCONSTITUCIONALIDAD DEL CÓDIGO DE LA FAMILIA
Y DEL MATRIMONIO IGUALITARIO
Haydée Méndez Illueca

Viéndolo bien, el artículo 26 del Código de la Familia, que describe el matrimonio como “la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer”, no es inconstitucional.  Lo que está es incompleto, desfasado y no a tono con el cambio social.  Tampoco es inconstitucional el matrimonio entre personas del mismo sexo, porque no hay ninguna disposición que lo prohíba, sino todo lo contrario.  Nuestra Constitución y bloque constitucional garantiza los mismos derechos para todos.

En realidad, es una cuestión de semántica, porque si no le quieren llamar matrimonio a la unión de dos personas del mismo sexo, llámenle unión legal y se acabó la polémica.  (Porque matrimonio religioso jamás le podrán llamar, eso lo sabemos.)

La ventaja de llamarle unión legal es que no hay que cambiar nada ni demandar nada de inconstitucional.  Simplemente se hace una ley, parecida a las que hay en otros países más civilizados que nosotros, que diga que se reconoce “la unión legal de personas del mismo sexo voluntariamente concertada entre las dos y con capacidad legal, que se unen para hacer y compartir una vida en común.”  Luego otro artículo que reconozca que dicha unión concede a las partes los mismos derechos que la ley concede al matrimonio civil entre un hombre y una mujer.  Otro artículo contemplaría la emisión de un “certificado de unión legal” emitido por la autoridad competente, que permita a las parejas exigir sus derechos.  Y ya – sin complicaciones, dudas, oraciones ni murmuraciones.

La otra alternativa sería cambiar, por medio de una ley, el artículo 26 del Código de la Familia, no porque sea inconstitucional, sino porque, como muchos otros artículos de otros códigos y leyes, el derecho no puede ser un obstáculo para el cambio social, sino que debe ir a la par o preferiblemente por delante del mismo.  Como un ejemplo solamente, el Código Penal ha cambiado tantas veces, que los abogados no logramos tener casi nunca el último texto único a mano.  Así como se ha aumentado la edad para casarse, en el artículo 26 se puede incluir “a las personas del mismo sexo con capacidad legal, que se unen para hacer y compartir una vida en común”.  Esto no afectaría a “la familia” tradicional en ninguna forma imaginable.

Hay quienes insisten en que se le llame matrimonio a la unión de parejas del mismo sexo, pero el término “matrimonio” tiene para mí connotaciones de romance: velo y corona, vestido blanco y flores.  El romance es una fantasía, mientras que el matrimonio es trabajo, amor, apoyo mutuo, compromiso, comprensión, aguante y responsabilidad.  Conozco varias parejas gays que han durado mucho más que aquellas casadas en una iglesia, que lo celebran con flores y pitos y a los escasos dos años se están divorciando.  Dejemos, pues, la semántica y el romance a un lado y pensemos en la verdadera felicidad de cada persona.

Hay también quienes argumentan que establecer legalmente el derecho a la unión de personas del mismo sexo va contra el “orden o derecho natural”. El derecho natural no puede ser definido con precisión, ya que su concepción ha variado a lo largo de la historia.  Por lo general se fundamenta en un ente abstracto natural superior a la voluntad de las personas (como Dios).  Es un conjunto de normas que los seres humanos deducimos o establecemos a partir de nuestra propia conciencia y que se determinan como justicia en un momento histórico determinado.  Esto significa que el Derecho Natural va cambiando con la etapa que está viviendo una sociedad y la época concreta que vive.

Estas normas naturales, entonces, no pueden utilizarse en oposición a la evolución de las sociedades modernas, cada día más unidas por las comunicaciones y la globalización, ni tampoco para oponerse a los derechos humanos, que han evolucionado y han sido reconocidos por los países democráticos y no teocráticos.

Ninguna iglesia o credo debe inmiscuirse en la política ni en las legislaciones de ningún país.  Eso ha sido superado desde hace muchos años con la separación de la Iglesia y el Estado, uno de los más grandes logros de la humanidad.  Sólo quedan estados teocráticos en algunos países islámicos y Panamá felizmente no lo es.  Las iglesias pueden exigir a sus fieles lo que ellos estén dispuestos a cumplir, pero no puede imponer sus creencias a todos los ciudadanos.  No hay argumentos válidos contra el matrimonio entre personas del mismo sexo, porque la validez de los argumentos moralistas cambia con el tiempo y con la evolución de la humanidad.


De allí que los diputados se deben a un Estado laico, libre de la discriminación y la persecución por preferencia sexual de siglos ya pasados y superados.  Ya llegará.

lunes, 10 de julio de 2017

Semántica, derechos y libertad


El matrimonio entre dos personas del mismo sexo trata de garantizarles los derechos a ciudadanos que han mantenido una relación de pareja


Por:
Ernesto A. Holder

opinion@laestrella.com.pa



No acostumbro tratar temas que considero que otros profesionales y ciudadanos que opinan en el escenario público hacen muy bien. He dejado eso claro varias veces. Instruyen e ilustran con argumentos más claros y validados. No hay que ser redundante, si no hay aportes significativos que eduquen, eleven el nivel del debate o agreguen valor. Dicho eso, quiero referirme brevemente al tema del matrimonio entre personas del mismo sexo.



Brevemente, porque opinar sobre este tema con la intención de educar, puede llenar varias cuartillas. Hay un intento con el fin de discutir esto con seriedad, pero tengo la sensación de que prevalece la ignorancia malsana; desde las posiciones más insensatas y crueles, hasta las más ridículas y peligrosas, y la intención real y el fondo del asunto queda en la incertidumbre e imprecisión.



Ni más ni menos, el matrimonio entre dos personas del mismo sexo trata de garantizarles los derechos a ciudadanos que han mantenido una relación emocional de pareja, de amor, compañerismo y solidaridad, pero a quienes el presente sistema no les reconoce esos derechos. Me desagradan las cosas enredadas, cuando, a simple vista, pueden ser sencillas y para los fines de este artículo, esa es una definición sencilla y práctica, lejos de los tecnicismos legales o el misticismo.



Respeto a los que honestamente practican su fe y personalmente doy ese espacio sin críticas ni cuestionamientos, pero tampoco veo el mundo a través del prisma de las supuestas leyes divinas ni religiosas. La religión es un asunto de fe, sin mayores y comprobados registros históricos sobre eventos, personajes y seres divinos.



Apoyados en esa fe, suficientes y demasiados son los ejemplos que hay y han existido que dejan evidencias de la manipulación que las organizaciones religiosas y muchos individuos (pastores) hacen de sus seguidores en beneficio propio. Enriquecerse desmesuradamente a costillas de otros.



En eso de las cosas simples y poco enredadas, hay un problema de semántica, por ejemplo, un freno innecesario con el uso del término ‘matrimonio', si lo que buscamos, al fin y al cabo, es la protección de los derechos de estas parejas como expuse arriba. Pero igualmente, y para ser justos, nadie tiene el derecho inalienable sobre el uso del término a la hora de definir uniones. Definir su unión como ‘matrimonio' es un asunto de libertad: la misma con que otros se denominan ‘apóstoles'.



El otro día varias personas que quiero mucho y que evidentemente rechazan la legalización de matrimonio entre personas del mismo sexo, colgaron en algunas de sus redes sociales un breve video de miembros de la comunidad LGBT realizando actos un tanto ofensivos en público; con algo de exhibicionismo y libertinaje. Exagerado y bochornoso ese comportamiento diría yo. Con ese video como ejemplo, justificaban su rechazo aduciendo malos ejemplos a la comunidad, la niñez, y por consiguiente su desacuerdo con la unión de estas parejas en matrimonio. Reducir y encerrar un tema o discusión a ese nivel y con ese argumento me parece poco razonable. Me queda la interrogante si, esos actos en el video, hechos por heterosexuales bajo las mismas condiciones, serían aceptables.



Me desagrada tener que justificar el valor de un ser humano, eso nos ha pasado a la comunidad negra por siglos. Que somos capaces: doctores, profesores, científicos, investigadores iguales o mejores que cualquiera. Pero al final, soy un ‘negro de mierda'. He tenido la fortuna de poder trabajar, compartir e intercambiar con individuos, de varias naciones y culturas, estratos sociales, particularmente en el mundo académico y cultural en universidades y centros de investigación y enseñanza en varios países. En todas las comunidades están los que tienen otras preferencias sexuales y los aportes de estos seres humanos al desarrollo de la humanidad, no son menores que los de ningún otro grupo.



Este tema tiene muchas aristas que, por donde sales con un argumento a favor, te aparecen varios en contra, con rabia e inquina. Al final, para este servidor, se trata de algo muy sencillo, como ya expresé. Lo que yo sí quiero dejar bien claro, con la responsabilidad de mi firma en esta columna, es que, cuando hablamos de los miembros de la comunidad de LGBT, lo primero que ven muchos en sus mentes limitadas es un acto sexual; yo veo a seres humanos que tienen derecho, al igual que tú, a su libertad.



COMUNICADOR SOCIAL.