Hay diferentes maneras de enfocar los derechos humanos. Para el iusnaturalismo, los creyentes en el
Derecho Natural originado en Dios o la naturaleza humana, que es el paradigma
que imponen las iglesias cristianas, el derecho natural tiene supremacía sobre
el derecho positivo. Esta pretensión
idealista desconoce el poder del Estado y de la comunidad internacional. Sin embargo, lo “natural” de este derecho
resulta equívoco y no sirve para fundamentar un acuerdo sobre lo que es justo o
injusto (Bobbio). Estos derechos sólo
pueden considerarse derecho si están reconocidos en normas jurídicas positivas;
de lo contrario, son únicamente valores, intereses o deseos. La idea de “naturaleza humana” también es
ambigua y equívoca. Los derechos humanos
se multiplican y cambian de acuerdo a los intereses de las clases en el poder, de
las luchas sociales y los avances tecnológicos y científicos.
El iuspositivismo sólo reconoce como derechos humanos lo que
se plasma en las normas positivas y que puede reclamarse, en caso de
inobservancia, ante las autoridades judiciales nacionales o
internacionales. Existen porque han sido
creados por el Estado u organizaciones internacionales. Sin embargo, los derechos humanos no son
únicamente normas, sino también luchas sociales e ideológicas, exigencias
morales que llamamos “derechos” porque deben cumplirse obligatoriamente.
Un tercer enfoque es que no hay derechos inmortales, que los
derechos humanos son “meras ficciones”, producto de las buenas intenciones
vertidas en la Declaración Universal de 1948; que todos los derechos pueden
abolirse cuando esté de por medio la utilidad; y que son “meras ficciones”, no
existen y creer en ellos es como creer en brujas y unicornios (Macintyre). Sin embargo, aunque es cierto que los
derechos humanos son variables (por eso se clasifican en generaciones) y
tampoco se puede negar que su aplicación es difícil en todas partes, esto no
puede conducir a negarlos ni valorarlos como “ficciones”, porque son realidades
combativas y normativas que cambian constantemente con las costumbres, las
necesidades y las luchas de las grandes mayorías oprimidas.
Los Derechos Humanos son inalienables, porque no se pueden
transferir ni se puede renunciar a ellos; son universales, porque corresponden
a todas las personas sin excepción; interdependientes, porque están vinculados
unos a otros y requieren respeto y protección recíproca. A pesar de ello, no son estáticos, van cambiando
con el tiempo y nacen nuevos derechos.
Por ello se han podido clasificar en generaciones.
Entre los de primera generación están la vida, integridad
personal, libertad, dignidad, personalidad, reunión, nacionalidad, nombre,
sexualidad, matrimonio, unión libre, locomoción, intimidad, autonomía,
petición, debido proceso, amparo o tutela, asilo, ocupación, habeas corpus y
buena fe. En la segunda generación,
surgieron el trabajo, vivienda, familia, seguridad social, asociación, huelga,
deporte, recreación, educación, propiedad privada e igualdad social. En la tercera generación tenemos el derecho
al ambiente natural y social, a la autodeterminación de los pueblos, a la
imagen, a la creatividad, la calidad de los productos, derechos de las minorías
y los derechos de la niñez, mujeres y ancianos.
Estamos ahora en el surgimiento de los derechos de cuarta generación,
como son el derecho a la democracia, a la información, a los avances
tecnológicos y científicos y al pluralismo, derechos de lo que depende la
concreción de la sociedad abierta al futuro.
Los derechos humanos se originan, desarrollan y conquistan
en las luchas sociales libradas por la humanidad desde la Edad Antigua hasta
nuestros días, pero su paternidad indiscutible fue la Declaración Universal de
Derechos Humanos de 1948. Los textos más
viejos de la cultura griega ya se refieren a la justicia como uno de los
valores fundamentales de los derechos humanos.
Sócrates y Antígona aportan sus propias vidas en aras de la justicia
judicial de la polis, con posiciones antagónicas. Sócrates defendía lo que ahora llamamos el
“estado de derecho” (dura lex sed lex), mientras que para Antígona la
desobediencia civil supera la injusticia legal.
Luchaba por las “leyes no escritas”, desobedeciendo la normativa injusta
y la arbitrariedad. Este concepto se ha
retomado en nuestros tiempos, donde la equidad supera la igualdad, al analizar caso
por caso para llegar a la verdadera justicia.
Es lamentable que a pesar de tantas normas jurídicas,
instituciones y autoridades oficiales y particulares que reconocen y protegen
los derechos humanos, todos los días se registran las más atroces violaciones
de ellos por todo el mundo, por parte del terrorismo, fuerzas retrógradas, delincuencia,
los mismos agentes del Estado, organizaciones de toda clase y gobiernos
autoritarios. Es necesario que poco a
poco se superen estas contradicciones y quebrantamientos, para que se
conviertan en un verdadero instrumento para solucionar problemas sin guerras ni
derramamiento de sangre y se entiendan como una nueva visión social de
dignidad, igualdad, equidad, tolerancia, paz y justicia para todos.
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